Después de la cuesta de enero, llega un periodo de tranquilidad para las pymes en cuanto a obligaciones fiscales con Hacienda.
Únicamente aquellas pymes que estén inscritas en el régimen de devolución mensual de IVA, tienen hasta el día 21 de febrero para presentar el modelo 303 de enero.
Por otra parte, hasta el 28 de febrero está el plazo para la opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural. Recomendado para aquellas empresas que tuvieron un ejercicio 2.010 excepcional en cuanto a beneficios.
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