¿Cómo contabilizo el Kit Digital?

A vueltas con el Kit Digital, muchas empresas se ven con la duda de cómo contabilizarlo. No, no eres la única persona con dudas acerca de esto: la respuesta la encontramos en la Consulta número 3 del BOICAC número 138/Junio 2024.
Objeto del Programa Kit Digital
- Es una ayuda pública destinada a pymes, microempresas y autónomos para fomentar la digitalización.
- Se enmarca en la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la UE (Next Generation EU).
- La ayuda se materializa en un bono digital, que se utiliza para contratar soluciones digitales a través de Agentes Digitalizadores Adheridos.
Funcionamiento del bono digital
- El beneficiario firma un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con un Agente Digitalizador.
- El bono se cede al agente como forma de pago por los servicios prestados.
- El agente presenta la justificación de la actividad realizada y, si es aprobada, recibe el pago correspondiente.
Tratamiento contable para el beneficiario
- Se aplica la Norma de Registro y Valoración (NRV) 18ª del Plan General de Contabilidad (PGC): Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
- El bono digital se considera una subvención no reintegrable si:
- Existe un acuerdo individualizado de concesión.
- Se han cumplido las condiciones para su concesión.
- No hay dudas razonables sobre su recepción.
Imputación contable
- Las subvenciones no reintegrables se registran inicialmente como ingresos directamente imputados al patrimonio neto.
- Posteriormente, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos, de forma sistemática y correlacionada con los gastos que financian.
- Si la subvención financia activos, se imputará como ingreso en proporción a la amortización de dichos activos.
- Si financia gastos específicos, se imputará como ingreso en el mismo ejercicio en que se devenguen esos gastos.
Obligación de información
- En la memoria de las cuentas anuales debe incluirse toda la información relevante sobre la operación, para reflejar la imagen fiel del patrimonio, situación financiera y resultados de la empresa.
- Perfecto, Victor. Vamos a ver un ejemplo práctico contable para el beneficiario de la ayuda del Programa Kit Digital.
Supuestos del ejemplo
- Una pyme recibe un bono digital de 6.000 € para implantar una solución de gestión empresarial.
- El servicio es prestado por un agente digitalizador y se activa el acuerdo.
- La solución contratada se considera un activo intangible (software).
- El software tiene una vida útil de 3 años y se amortiza linealmente.
Asientos contables
1. Reconocimiento del bono como subvención no reintegrable
Cuando se firma el acuerdo y se cumplen las condiciones:
(4708) Hacienda Pública, deudora por subvenciones concedidas 6.000 €
a (130) Subvenciones oficiales de capital 6.000 €
2. Registro del activo intangible (software)
Cuando se recibe e instala el software:
(206) Aplicaciones informáticas 6.000 €
a (4758) HP, acreedora por subvenciones a reintegrar 6.000 €
Nota: Si el pago lo hace directamente el bono, no hay salida de tesorería.
3. Amortización anual del software
Cada año durante 3 años:
(681) Amortización del inmovilizado intangible 2.000 €
a (2806) Amortización acumulada de aplicaciones informáticas 2.000 €
4. Imputación de la subvención a resultados
Cada año, en proporción a la amortización:
(130) Subvenciones oficiales de capital 2.000 €
a (746) Subvenciones, donaciones y legados de capital 2.000 €
Si necesitas mayor detalle no dudes en contactar con nosotros.



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